viernes, 18 de enero de 2013

CITES LLENGUA VALENCIANA Nº12

Articul 1º del Real Decret del 26 de Novembre de 1926: “La Real Academia Española se compondrá de cuarenta y dos Académicos numerarios, ocho de los cuales deberán haberse distinguido notablemente en el conocimiento de las lenguas españolas distintas de la castellana, distribuyéndose de este modo: dos para el idioma catalán, uno para el valenciano, uno para el mallorquín, dos para el gallego y dos para el vascuence.”

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